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lunes, 16 de abril de 2012

Resolución de conflictos en el aula

Problema
Dar clase es una tarea complicada, pero hacerlo a los que no quieren mucho más. Si se
encerrara a dos personas en una habitación durante un largo período de tiempo, con el
encargo a una de ellas de obligar a la otra a realizar tareas contra su voluntad, el
resultado sería una probable rebeldía de la persona obligada. ¿Interpretaríamos dicho
plante como fruto del carácter conflictivo de la persona obligada? ¿Tendríamos derecho a etiquetarla como problemática? ¿Dónde está el problema: en la persona obligada, en la que obliga o en la situación? Es evidente el paralelismo de este ejemplo con el escenario que se presenta en los niveles educativos obligatorios, especialmente en edades próximas a la adolescencia, donde la obligatoriedad genera ya de entrada determinadas reacciones en contra, no atribuibles exclusivamente al alumno ni al profesor, sino más bien a la situación a la que uno y otro están expuestos. En esta situación potencialmente conflictiva el conflicto no es algo excepcional, sino más bien la consecuencia natural y lógica, derivada de la propia naturaleza situacional. No obstante, también es cierto que, partiendo de esta situación, hay profesores capaces de transformar esta situación en una actividad estimulante y atractiva, mientras otros contribuyen a que la sensación de obligatoriedad aumente. Ante esta situación, al profesor no le cabe otra alternativa que adaptarse funcionalmente, aprendiendo a manejar en su propio beneficio una serie de variables que le permitan crear un clima favorecedor del aprendizaje y la convivencia.


Las soluciones

Aunque el diagnóstico no es complicado de realizar, las dificultades aparecen cuando
buscamos el tratamiento a aplicar. La primera dificultad que se presenta es la cantidad de elementos implicados en el proceso educativo y socializador. Un planteamiento integral de la cuestión debería incluir a una serie de agentes supra-escolares como la administración educativa, la administración judicial y policial, Ayuntamientos, entidades culturales y sociales, o servicios de salud física y mental, además de las familias. Sin embargo, sólo tenemos control sobre los procesos que cada centro educativo y cada profesor pueden llevar a cabo, por lo que en este trabajo nos centraremos en ello.


http://www.juntadeandalucia.es/averroes/~cepco3/spip/IMG/pdf/Resolucion_de_conflictos_en_los_centros._Estrategias_y_habilidades.pdf

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